Andalucía actualiza la legislación Higiénico-Sanitaria para la Micropigmentación

La Junta de Andalucía en su Decreto 71/2017, actualiza la regulación de las condiciones higiénico-sanitarias y técnicas de las actividades relativas a la aplicación de técnicas de tatuaje, micropigmentación y perforación cutánea piercing.
Explica con detalle los requisitos de una declaración responsable, la titulación necesaria para ejercer, las inspecciones y auditorías que se pueden llevar a cabo, las condiciones sanitarias y funcionales de las instalaciones, el establecimiento, los equipos, el instrumental de trabajo y los productos empleados.
Además, el decreto expone las normas de higiene y protección que debe respetar la persona aplicadora de la Micropigmentación, especialmente en la manipulación del material y la gestión de residuos. También el derecho de los usuarios o clientes a estar informados y protegidos, firmar y conservar un consentimiento, disponer de hojas de reclamaciones y carteles informativos en el establecimiento. Especial cuidado con menores y personas incapacitadas.
Por último, el decreto enumera los tipos de infracciones, sanciones y medidas cautelares a tener en cuenta.
Desde la AEM queremos recordaros la importancia de la práctica de la Micropigmentación de acuerdo con la legislación vigente. Los buenos micropigmentadores se distinguen por actuar siempre bajo las estrictas normativas para el ejercicio de nuestra profesión y cumplir todos los requisitos exigidos por ley. Recuerda que es en beneficio del cliente y del propio profesional.
Más información: ver Decreto completo
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